6/3/08

Juicios por Jurados

Por la Dra. Noemí Stefanile

Dra. Noemí Stefanile

Extractos:

¿Está el país en condiciones de solventar el costo de esta implementación innovativa cuando la respuesta que se ha obtenido una y otra vez del poder político requiriendo mayor presupuesto para mejorar el servicio de justicia, afianzando las instituciones en funcionamiento, siempre ha sido adversa? Me atrevo a adelantar una contestación rotundamente negativa.
 
Según detalles que le fueron facilitados al citado autor por Francisco Javier de Frutos Virseda, Secretario de la Audiencia Provincial de Madrid, el coste diario, con proceso de selección suma U$S 2.425, cantidad ésta a la que deberán adicionársele los gastos propios del andamiaje jurisdiccional, razón por la cual se arriba a la cuantía de U$S 2.938. Si además, tomamos en consideración que desde el inicio de la selección de jurados hasta el dictado de la sentencia respectiva un proceso insume un término promedio de tres días, el costo se incrementa a U$S 8.815, siempre y cuando no se extiendan las audiencias por circunstancias imprevistas.
 
Quienes ejercen la magistratura son seres humanos tan virtuosos y tan falibles como el resto de sus congéneres. No integran una casta especial. Su origen puede encontrarse en hogares humildes, de clase media o más acomodada. Ríen, lloran, sufren, gozan, tienen sentimientos, tienen impulsos, tienen sensaciones, tienen intuición, tienen ética, tienen responsabilidades, tienen dignidad, y tienen trabajo. Son hombres y mujeres comunes que captan la realidad que los circunda, que los conmueve, que los acecha, que los complace, de la misma forma que los restantes habitantes de esta bendita tierra. Hay algo que sí los diferencia de algunos y es que con sumo esfuerzo pasaron muchos años de su vida formándose culturalmente para obtener el título de abogados/as, y luego continuaron perfeccionándose académica y prácticamente hasta lograr reunir los requisitos indispensables, -entre ellos un vasto currículum- para ser designados jueces y poder con responsabilidad, idoneidad, conocimiento, libertad, independencia y vocación de servicio, impartir justicia. Para hacerlo deben analizar los hechos y aplicar el derecho, pero no de cualquier forma, sino dando razones y fundamentos que permitan, a quienes se someten a su jurisdicción saber por qué y cómo se llegó al decisorio final y eventualmente ejercer su derecho de defensa atacando las sentencias arbitrarias o que vulneren normas legales.

¡Oh, sorpresa! Parece que doce personas ignotas, que pueden o no tener algún grado de preparación cultural, que no deben dar explicaciones porque su veredicto es infundado, a las que no le puedo exigir el cumplimiento de los deberes de funcionario público y no están sometidos al control de los órganos creados a esos efectos, que sólo deben regirse por su intuición, que seguramente sentirán una gran inseguridad ante el peso enorme que significa decidir sobre la libertad de sus pares, que, seguramente, han de ser mucho más influenciables que un técnico ante los teatralizados alegatos, y que, finalizado el proceso, se pierden entre la muchedumbre, resultan erigirse en medio y herramienta para lograr la justicia tan querida...

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Revista del Colegio de Magistrados y Funcionarios de la Pcia. de Buenos Aires