26/10/05

El juicio por jurados

Por el Dr. Fernando N. Barrancos y Vedia

Dr. Fernando N. Barrancos y Vedia

Extractos:

Muchos juristas y hombres públicos se han opuesto a la instalación de los juicios por jurados, sosteniendo, en general, que no se ajustan a la idiosincrasia de nuestro pueblo, ni a sus tradiciones; así como por ejemplo, Vélez Sarsfield, Manuel Obarrio, Rodolfo Rivarola, Sánchez Viamonte, Montes de Oca, Clariá Olmedo, Vélez Mariconde

A lo largo de 10 generaciones de argentinos, la opinión mayoritaria fue contraria a la instrumentación de los juicios por jurados

En nuestra opinión, el juicio por jurados en su aplicación en las grandes ciudades es un procedimiento costoso y pesado, siendo de recordar que en los Estados Unidos muchas veces la “selección” de quienes integrarán el jurado demora más tiempo que el juicio en sí. 

Actualmente en nuestro país, cerca del 50% de la población es indigente o se encuentra debajo de la línea de pobreza y alrededor del 17% son desocupados, sin contabilizar los adherentes al plan Jefes y Jefas de Hogar. Nos preguntamos si resulta viable establecer el juicio por jurados, sin tradición alguna en el país, en tales condiciones sociales

La Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires, en una declaración del 23 de julio de 1998, consideró que la implantación del juicio por jurados sería inoportuna e inconveniente, además de aumentar los costos de la justicia, agregando que “no parece respetarse el derecho constitucional de igualdad ante la ley de todos los habitantes, cuando jueces legos pueden condenar a los responsables de delitos graves como el homicidio calificado y los que atenten contra la seguridad de la Nación, el orden constitucional y la administración pública, mientras que se requiere la decisión de jueces letrados para condenar a un deudor moroso a entregar una suma de dinero por insignificante que sea, o para desalojar una vivienda por falta de pago”.


Comunicación del académico Fernando N. Barrancos y Vedia, en sesión privada de la Academia Nacional de Ciencias Morales y Políticas, el 26 de octubre de 2005.

25/5/05

No es posible el juzgamiento de todos los casos criminales

Por la Dra. María Eugenia Martínez Vivot

Libro publicado por la Dra. María Eugenia Martínez Vivot

Extractos:

Aún hay que preguntarse, seriamente, sobre la base de las estadísticas oficiales, si sería posible realizar mediante esta metodología el juzgamiento de todos los casos criminales en el sistema de enjuiciamiento nacional, al menos sin la puesta en marcha de un efectivo criterio de oportunidad lo más amplio posible, debiéndose contestar ahora negativamente a este interrogante práctico.

Enlace: Versión On Line

Dra. María Eugenia Martínez Vivot
Secretaria de la Cámara Federal

Algunas reflexiones sobre el juicio por jurados
La Ley (T. 2005- C- 1052 y sgtes.)
25 de mayo de 2005

17/1/05

El juicio por jurados

Por el Dr. Jorge Horacio Gentile
  
Dr. Jorge Horacio Gentile

Extractos:

La democracia puede ser directa, cuando el pueblo es el que decide con su voto las normas y decisiones de gobierno, lo que se da en la actualidad sólo en algunas pequeñas localidades suizas; y es indirecta o representativa, cuando los representantes elegidos por el pueblo son los que toman las decisiones fundamentales, este es el régimen adoptado por nuestra Constitución y la de los demás países del mundo.

Los jueces en las democracias constitucionales son elegidos, por los representantes del pueblo, luego de un riguroso proceso de selección. En algunos estados de los Estados Unidos son electivos. Quienes representan al pueblo no pueden ser elegidos al azar o por sorteo, este método sólo se utilizó en las polis de la antigua Grecia, pero hoy nadie reconocería como representante del pueblo a quién no ha sido votado ni sería legítima su investidura si no es designado al menos por los representantes del pueblo, como es el caso de los jueces en nuestro sistema constitucional.

Los jurados, en esta provincia (Córdoba) fracasaron, no han servido para nada, por ignorar el derecho y el difícil arte de juzgar; y se usaron sólo en 28 juicios entre 1998 y 2002, y en los años posteriores ha disminuido aún más su uso.

No es cierto que con ello se democratiza la Justicia, ya que los jurados no representan a nadie, no son mejores que los demás ciudadanos, y carecen de idoneidad, por no haber sido seleccionados, sometidos a concurso, ni designados por su mejor conocimiento del derecho, ni del arte de juzgar, ni por su ética. Pueden ser influidos más facilmente que los jueces, por los medios de comunicación y en algunos casos hasta pueden ser amedrentado a través de los mismos. Además, al no estar sometidos a juicio político carecen de la responsabilidad que se le exige a los jueces.

Una de las razones por las que los abogados en Estados Unidos tratan de evitar el juicio por jurado y prefiere a los jueces es porque los jurados no siguen en sus decisiones los precedentes establecidos por la jurisprudencia de los tribunales o de otros jurados.

Los problemas de seguridad y de legitimidad no tienen soluciones mágicas, ni fáciles, no se resuelven con copiar y trasplantar fórmulas o instituciones de otros países que no se han estudiado debidamente, y las responsabilidades de la Justicia en los mismos, no se superan con sustituir a los jueces por ciudadanos seleccionados por el sorteo, o sea privatizando el servicio de justicia. No hace mucho la magia de las privatizaciones nos dejó una experiencia que no nos gustaría repetir a los argentinos. No volvamos a tropezar de nuevo con la misma piedra.


Dr. Jorge Horacio Gentile
Profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Nacional y Católica de Córdoba y fue Diputado de la Nación.

http://www.profesorgentile.com.ar/
17 de enero de 2005